Si usted tiene más de 65 años y recibe cobertura de un plan de salud grupal ofrecido por un empleador para el que usted o su cónyuge trabaja activamente, tiene el derecho de retrasar su inscripción en Medicare hasta que usted finalice el trabajo o la cobertura, lo que ocurra primero. En ese momento, usted tiene derecho a un período de inscripción especial de hasta ocho (8) meses para inscribirse en Medicare sin correr el riesgo de multas tardías.

Sin embargo, puede ser susceptible a una penalización de la Parte D. La ley dice que usted será responsable de las multas por demora de la Parte D si pasan más de 63 días sin la Parte D o la cobertura acreditable de medicamentos después de inscribirse en la Parte A y/o la Parte B de Medicare. Para evitar una multa, sepa cual es el período especial de inscripción que usted puede utilizar.

Recomendamos que se ponga en contacto con un profesional con licencia que pueda guiarlo a través del proceso y completar una evaluación personal que le ayudará a tomar una decisión bien informada. Por favor contáctenos para una consulta gratuita sin obligación.